Agroindustria: empresa alimentaria de tamaño micro, pequeña o mediana y por
excepción grande, que asegura producto de origen nacional para insertar dentro
del catálogo de productos, que se distribuyen al cliente institucional.
Tratándose de agroindustria de tamaño grande su ingreso al programa deberá
ser aprobado por Junta Directiva
Suplidor de acopio y procesamiento: micro, pequeñas y medianas agro empresas o agroindustrias, quienes
por su naturaleza cuentan con plantas de acopio y procesamiento para la
transformación del producto agropecuario, adquiridos directamente a los
productores primarios, registrados ante el CNP.
Ambas figuras deben contar con los siguientes
requisitos:
1. Inscribirse en la plataforma PAI (para inscribirse, debe tener los
requisitos completos) y completar el formulario de inscripción de
suplidores.
2. Adjuntar certificación de personería jurídica, con naturaleza y
propiedad de las acciones con vista en el libro de accionistas con una
vigencia no mayor a tres meses de emitida.
3. Adjuntar cédula de identidad del interesado o representante legal.
4. Adjuntar lista de afiliados, asociados o accionistas.
5. Aportar certificación de Contador Público Autorizado (CPA) en donde
se indique: valor de las ventas anuales netas de la empresa, valor de los
activos totales de la empresa y valor de los activos fijos netos de la
empresa correspondientes al último periodo fiscal, finalmente cantidad de
empleados conforme a la planilla reportada la Caja Costarricense de Seguro
Social en el mes anterior a la firma de la presente certificación.
Como opción a la certificación CPA el interesado
podrá aportar en su lugar los siguientes documentos:
i.
Presentar la declaración
del impuesto sobre las utilidades y el recibido de la Dirección General de
Tributación.
ii.
Estados Financieros
recientes firmados por un CPI.
iii.
Última planilla
presentada a la CCSS.
iv.
Presentar Declaración
Jurada indicando lo siguiente:
v.
Que no se encuentra
sujeto a las causales de prohibición establecidas en Ley 9986, Ley General
de Contratación Pública y del artículo 27 de la Ley Orgánica del CNP para
contratar con la Administración.
vi.
Que se encuentra
debidamente inscrita o inscrito ante la Dirección General de Tributación y
al día en las obligaciones tributarias, materiales y formales.
vii.
Que está inscrito como
trabajador independiente o patrono, según corresponda, y al día en el pago
de cuotas obrero - patronales con la Caja Costarricense del Seguro Social.
viii.
Que se encuentra exento o
inscrito y al día con el pago de la póliza de riesgo de trabajo.
ix.
Que se encuentre al día
con sus obligaciones en el Fondo de Asignaciones Familiares (FODESAF) según
artículo 56 Ley Orgánica del Fondo de Asignaciones Familiares.
x.
Indicar si, con relación
a los suplidores de acopio, procesamiento y los operadores logísticos
registrados en el Programa de Abastecimiento Institucional existe alguna
relación de parentesco familiar sea por consanguinidad o por afinidad,
tanto para el caso de persona física o con accionistas o representantes
legales de personas jurídicas. De igual forma, debe enlistar los nombres
completos (nombre y dos apellidos), número de cédula, grado de
consanguinidad o afinidad y nombre del representante legal cuando se trate
de una persona jurídica.
xi.
Fotocopia del Permiso
Sanitario de Funcionamiento vigente, extendido por el Ministerio de Salud o
Patente Comercial extendida por la Municipalidad respectiva, en aquellos
casos que sea necesario.
xii.
Presentar documento
bancario que indique el número de cuenta IBAN a utilizar en el PAI.
xiii.
De tratarse de una
actividad pecuaria, contar con el Certificado Veterinario de Operación
(CVO) vigente, extendido por el SENASA.
xiv.
De tratarse de productos
acuícolas y pesqueros, presentar copia de certificación extendida por el
INCOPESCA.
xv.
Cuando se trate de un
productor individual que procese o se supla de productos en plantas o instalaciones
de terceros, debe remitir nota firmada por el apoderado general o
propietario de esa planta. De existir un contrato de arrendamiento entre el
proponente a ser suplidor del PAI y un tercero, deberá de presentarlo
debidamente autenticado.
xvi.
Suscribir el documento
denominado “CARTA DE COMPROMISOS” documento mediante el cual el suplidor se
somete al cumplimiento de las obligaciones, responsabilidades y
autorizaciones quviere adquiere con el CNP al
ingresar como suplidor del Programa de Abastecimiento Institucional.
xvii.
Aprobar el 100% de los
criterios obligatorios y un mínimo de 70% de los criterios menores de la
inspección técnica a la planta o instalaciones de acopio, proceso o
agroindustria, centros de distribución o expendio, que realizará la
Dirección de Calidad Agrícola, instrumento originado del Reglamento Técnico
Centroamericano de Alimentos.
PARA MÁS INFORMACIÓN, VEA EL SIGUIENTE VIDEO SOBRE REQUISITOS Y
PLATAFORMA PAI
|